Durante la quinta sesión ordinaria de la Diputación Permanente presentaron en el Congreso oaxaqueño, una reforma a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, para que dicho proceso y el de reanudación sea por causas justificadas, oportunas y transparentes.
La propuesta es de reforma al artículo 58 de la citada ley, en donde quedaría especificado el capítulo correspondiente a la suspensión terminación anticipada o rescisión del contrato de la obra, ante la falta de una legislación que contemple la supervisión o vigilancia de este proceso.
De esta manera, la determinación de la suspensión de la obra, así como su reanudación deberá constar por escrito mediante acuerdo debidamente fundado y motivado de los titulares de las dependencias y entidades o del Presidente Municipal, en el caso de los ayuntamientos.
También que dicho acuerdo deberá ser notificado al contratista, informando del mismo a la Contraloría en el caso de las dependencias y entidades; los ayuntamientos lo harán del conocimiento del Órgano Interno de Control.
Y es que la suspensión de las obras públicas puede derivar en la pérdida de recursos públicos debido al incremento en los costos de los materiales de construcción, así como de la afectación de las condiciones de avance de las mismas a causa del clima o factores humanos en detrimento de las haciendas públicas.
En ocasiones, la determinación de la suspensión de la obra no se encuentra debidamente justificada y sólo se deriva de la negligencia institucional, causándole de cualquier manera afectaciones a las finanzas estatales y municipales.
La propuesta fue presentada por la legisladora Haydeé Irma Reyes Soto y fue turnada para su estudio a la Comisión Permanente de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.